Cuando se manejan catálogos de productos para ICT pueden sorprender ciertas diferencias de precio en materiales que a simple vista parecen iguales. Pongamos por ejemplo un registro secundario en viviendas unifamiliares. ¿Qué dice el reglamento ICT al respecto?. En cuanto a dimensiones mínimas que deben ser de 450x450x150mm. Si hojeamos un catálogo ICT como el de Himel nos encontramos con estos dos modelos específicos de viviendas unifamiliares (UF).
Por dimensiones los dos cumplen sobradamente, ambos son de 500x500mm siendo el de la izquierda un poco más profundo que el de la derecha, en concreto 23mm contra 20mm. El modelo de la izquierda se ve mucho más que el de la derecha en las instalaciones ICT. ¿Algún motivo en concreto?. Si, su precio. La diferencia se justifica en gran medida por el grado de protección que ofrece cada uno. El más económico es IP43 y el otro es IP55.10
El grado de protección en las envolventes nos indica en que medida protegen éstas los elementos que se instalen en su interior frente a cuerpos sólidos y líquidos. Por ejemplo: el polvo y el agua. Cuanto más altas sean la cifras mayor es la protección. La cifra de decenas se refiere a protección contra cuerpos sólidos y la de unidades a protección frente a cuerpos líquidos.
El registro secundario con IP43 impide que entren en su interior cuerpos sólidos de más de un 1mm y a protege del agua de lluvia siempre que su incidencia no supere un ángulo de 60º respecto a la vertical. El registro secundario con IP55 evita en gran medida la entrada de polvo y del lanzamiento de agua en todas direcciones. Sólo esto hace que la técnica constructiva de cada uno sea diferente y por tanto lo sea también su precio. Cuando el índice IP es muy alto las envolventes son prácticamente estancas lo que puede causar problemas de refrigeración si en su interior hay elementos activos. Esto podría jugar a favor del registro secundario con IP43 ya que permite que el aire se renueve (autoventilación).
Sin embargo el reglamento ICT especifica que en el caso de viviendas unifamiliares con registros secundarios en exteriores el grado de protección de éstos será IP55.10. Por tanto si se quiere cumplir con el reglamento toca gastar más del doble e instalar el modelo IP55.10, lo cual no deja de ser bastante extraño, ya que insisto, en la gran mayoría de las instalaciones ICT de chalecitos pareados, adosados y todo esos que se venden o se vendían a precios por decirlo suavemente más que discutibles, el modelo que impera es el barato, no el caro.
La tercera cifra separada por un punto indica el grado de protección mecánica (la escala va de 0 a 10). Este grado de protección IK10 es el máximo posible, protege contra impactos con una energía de choque de hasta 20,00 J. Así que visto lo visto la diferencias van mucho más allá de los factores puramente estéticos. Si pasas cerca de una zona con viviendas unifamiliares no dejes de fijarte en los registros secundarios situados en el exterior. Dale un pequeño toque a la tapa, si se mueve o tiene cierta holgura olvídate de que sea IP55.10
No hay comentarios:
Publicar un comentario